La duda que frena a más entidades
¿Hace falta antigüedad para pedir Erasmus+? La respuesta corta es no
Es la pregunta que más veces nos han hecho y la que más proyectos ha retrasado sin motivo. La respuesta está en la Guía del Programa, es clara, y solo hay una excepción.
La respuesta corta
No hace falta antigüedad para presentarse a las acciones de movilidad ni a las asociaciones a pequeña escala. Una entidad constituida este año puede solicitar KA152, KA153, KA154 y KA210 desde el primer día. La única excepción es la acreditación Erasmus+ de juventud (KA150), que sí exige estar constituida legalmente al menos dos años antes de la fecha límite y tener experiencia previa en el ámbito de juventud. Lo que sí se comprueba siempre, tengan la edad que tengan, es la capacidad operativa y financiera de la entidad.
Hay una creencia muy extendida en el tercer sector español: que para pedir fondos europeos hay que llevar «unos cuantos años» funcionando. No sabemos de dónde sale — probablemente de mezclarla con requisitos de convocatorias autonómicas, que muchas veces sí los tienen —, pero la hemos oído docenas de veces y ha retrasado muchos primeros proyectos.
Vamos con la respuesta, y luego con el matiz que sí importa.
La regla general: no hay antigüedad mínima
Las acciones a las que se presenta la inmensa mayoría de entidades sociales españolas — intercambios juveniles (KA152), movilidad del equipo (KA153), participación juvenil (KA154) y asociaciones a pequeña escala (KA210) — no piden ninguna antigüedad. Ni dos años, ni uno.
Lo que la Guía define en cada una es qué tipo de organización puede solicitar, no cuántos años lleva. La lista incluye ONG, asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, ONG juveniles europeas, organismos públicos locales, regionales o nacionales, empresas sociales y — en las acciones de juventud — grupos informales de jóvenes.
Una asociación inscrita en el registro en marzo puede presentar una solicitud en octubre. Lo hemos visto y sale.
La única excepción: la acreditación KA150
Aquí sí, y de forma expresa. Para pedir la acreditación Erasmus+ en el ámbito de la juventud, la Guía dice que las organizaciones solicitantes deben haberse constituido legalmente al menos dos años antes de la fecha límite de presentación y tener experiencia pertinente en la ejecución de actividades en el ámbito de la juventud.
Y tiene toda la lógica: la acreditación no financia un proyecto, financia un plan a varios años. Es la puerta que te saca de competir en cada convocatoria. Pedirla el primer año no tendría sentido ni aunque estuviera permitido, porque hay que demostrar una trayectoria que todavía no existe.
Dicho de otro modo: esa no es la puerta de entrada. Es la puerta de salida del modo «proyecto a proyecto», y llega después.
Lo que sí se mira siempre, tenéis la edad que tengáis
Aquí está el matiz que importa, y es donde se caen de verdad las entidades nuevas. La Parte C de la Guía explica que toda solicitud pasa por tres filtros antes de que se valore la calidad: admisibilidad, criterios de exclusión y selección — que incluyen capacidad operativa y financiera — y, ya sí, la evaluación de calidad según los criterios de concesión.
Capacidad operativa significa: ¿hay gente y estructura suficiente para hacer lo que prometéis? Una entidad nueva no falla esto por ser nueva; falla si presenta un proyecto de 60 participantes en cuatro países con dos personas y ninguna experiencia previa de coordinación.
Capacidad financiera significa: ¿podéis sostener el proyecto mientras llega el dinero? Y aquí conviene ser realistas: no todo el importe llega al principio, así que una entidad sin ningún colchón lo va a pasar mal aunque le aprueben.
Ninguna de las dos cosas se arregla esperando dos años. Se arreglan ajustando el tamaño del primer proyecto a lo que la entidad puede sostener de verdad.
Qué hacer si acabáis de constituiros
Cuatro cosas, por orden de rentabilidad:
- Sacad el OID ya. Es gratuito, no caduca, se hace una vez y no compromete a nada. Se pide en la plataforma de la Comisión · cómo se hace.
- Entrad como entidad socia antes que como coordinadora. Es lo que más acelera la curva: aprendéis la maquinaria sin cargar con la coordinación ni con la justificación, y además generáis el historial que luego se puede contar.
- Empezad por la acción pequeña. KA153 mueve a dos personas de vuestro equipo. KA210 no mueve a nadie. Las dos son mucho más manejables que un intercambio de 40 adolescentes.
- No infléis el proyecto para parecer más grandes. Es el reflejo más común y el que más puntos cuesta: la evaluación valora la coherencia entre lo que decís que sois y lo que prometéis hacer.
Y una duda relacionada: ¿hace falta CIF?
Para casi todo, sí: hay que ser una entidad con personalidad jurídica para firmar un convenio de subvención. Pero hay una excepción que mucha gente desconoce.
Las actividades de participación juvenil (KA154) admiten grupos informales de jóvenes: al menos cuatro personas de entre 13 y 30 años, una de ellas mayor de 18, que asume la representación y la responsabilidad del grupo. Sin estatutos, sin registro y sin CIF.
Es la puerta más pequeña del programa y la que menos se usa. Si en vuestro barrio hay un grupo de jóvenes con una idea y sin ninguna estructura, esa es su vía.
Preguntas que nos hacen sobre esto
¿Puede una asociación recién creada pedir Erasmus+?
Sí. Las acciones de movilidad (KA152, KA153, KA154) y las asociaciones a pequeña escala (KA210) no exigen ninguna antigüedad mínima a la entidad solicitante. Una asociación inscrita este año puede presentar una solicitud en el plazo siguiente.
¿Qué acción de Erasmus+ exige dos años de antigüedad?
Solo la acreditación Erasmus+ en el ámbito de la juventud (KA150). La Guía del Programa exige que la organización solicitante se haya constituido legalmente al menos dos años antes de la fecha límite de presentación y que tenga experiencia pertinente en actividades de juventud.
¿Qué se comprueba entonces si no es la antigüedad?
La capacidad operativa y financiera de la entidad, dentro de los criterios de exclusión y selección que la Parte C de la Guía sitúa antes de la evaluación de calidad. Es decir: si hay estructura suficiente para hacer lo que se promete y si la entidad puede sostener el proyecto mientras llega el dinero.
¿Hace falta CIF para pedir Erasmus+?
Para casi todas las acciones sí, porque hay que firmar un convenio de subvención. La excepción son las actividades de participación juvenil (KA154), que admiten grupos informales de al menos cuatro jóvenes de 13 a 30 años, con una persona mayor de 18 como representante, sin entidad constituida.
¿Es mejor esperar un año para presentarse con más experiencia?
Esperar no mejora la capacidad operativa ni la financiera, que es lo que de verdad se evalúa. Lo que sí ayuda es ajustar el tamaño del primer proyecto a lo que la entidad puede sostener, y entrar antes como entidad socia en el proyecto de otra organización para aprender la maquinaria sin asumir la coordinación.
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